| Título : |
Propiedad Agraria y Produccion Agroalimentaria desde el Derecho Agrario |
| Tipo de documento: |
documento electrónico |
| Autores: |
Martínez, Bitza, Autor ; Blanco, Janeth, Director de tesi |
| Editorial: |
San Fernando de Apure - Apure [Venezuela] : Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales "Ezequiel Zamora" (UNELLEZ) - Vicerrectorado de Planificación y Desarrollo Regional (VPDR) - Programa de Estudios Avanzados - Especialización en Derecho Agrario y Ambiental |
| Fecha de publicación: |
2023 |
| Dimensiones: |
Registro electrónico (x; 77 pág.) |
| ISBN/ISSN/DL: |
630 - 0001 |
| Nota general: |
Trabajo Especial de Grado presentado como requisito parcial para optar al título de Especialista en Derecho Agrario y Ambiental |
| Idioma : |
Español (spa) Idioma original : Español (spa) |
| Clasificación: |
Q = CIENCIAS :EDUCACION AMBIENTAL
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| Palabras clave: |
1. PROPIEDAD AGRARIA, 2. PRODUCTIVIDAD AGROALIMENTARIA. |
| Resumen: |
El siguiente trabajo investigativo, se dirige a efectuar un análisis de la propiedad agraria y producción agroalimentaria desde el derecho agrario, para concretarlo, se procedió a explicar la propiedad agraria desde el derecho agrario en las Unidades de Producción Social para identificar la orientación y producción agroalimentaria desde el Derecho Agrario en las Unidades de Producción Social desde la perspectiva legal a fin de señalar la propiedad agraria y la producción agroalimentaria desde el Derecho Agrario, a través del marco legal vigente y las teorías de la Propiedad de Locke (1887), de los Derechos Humanos (ONU, 1958), del Desarrollo Endógeno de Sunkel (1987), y el Enfoque de las Necesidades Básicas de la Organización Internacional de Comercio (OIT) (1976), desde una investigación de campo, con diseño documental, a través de la metodología que permite aplicar la hermenéutica jurídica de Witker y Larios (1997) mediante ficheros de análisis, cuyas conclusiones mostraron que bajo el argumento a generali sensu se aplicó el principio: donde la ley no distingue, no se debe distinguir, por el al argumento ratione legis stricta, se identificó la extensión o modificación relacionada a la propiedad, por el argumento a rubrica, la propiedad pasa a ser común por la prioridad agroalimentaria, por el argumento pro subjecta materia, se apreció que desde la constitución hasta en la Ley Orgánica del Ambiente(2006), existen argumentos que se vinculan, emergen conflictos por el principio de ley especial que en este caso es la de producción agroalimentaria que se adhiere a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2010) que determinan a la propiedad como causa de utilidad pública a través del Instituto Nacional de Tierras, de tal forma que en la reflexión se propone la aplicación de una auditoria in situ en toda la zona del Medanito para identificar las prioridades económicas y productivas.
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Propiedad Agraria y Produccion Agroalimentaria desde el Derecho Agrario [documento electrónico] / Martínez, Bitza, Autor ; Blanco, Janeth, Director de tesi . - San Fernando de Apure - Apure (7001, Venezuela) : Universidad Nacional Experimental de los Llanos Occidentales "Ezequiel Zamora" (UNELLEZ) - Vicerrectorado de Planificación y Desarrollo Regional (VPDR) - Programa de Estudios Avanzados - Especialización en Derecho Agrario y Ambiental, 2023 . - ; Registro electrónico (x; 77 pág.). ISSN : 630 - 0001 Trabajo Especial de Grado presentado como requisito parcial para optar al título de Especialista en Derecho Agrario y Ambiental Idioma : Español ( spa) Idioma original : Español ( spa)
| Clasificación: |
Q = CIENCIAS :EDUCACION AMBIENTAL
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| Palabras clave: |
1. PROPIEDAD AGRARIA, 2. PRODUCTIVIDAD AGROALIMENTARIA. |
| Resumen: |
El siguiente trabajo investigativo, se dirige a efectuar un análisis de la propiedad agraria y producción agroalimentaria desde el derecho agrario, para concretarlo, se procedió a explicar la propiedad agraria desde el derecho agrario en las Unidades de Producción Social para identificar la orientación y producción agroalimentaria desde el Derecho Agrario en las Unidades de Producción Social desde la perspectiva legal a fin de señalar la propiedad agraria y la producción agroalimentaria desde el Derecho Agrario, a través del marco legal vigente y las teorías de la Propiedad de Locke (1887), de los Derechos Humanos (ONU, 1958), del Desarrollo Endógeno de Sunkel (1987), y el Enfoque de las Necesidades Básicas de la Organización Internacional de Comercio (OIT) (1976), desde una investigación de campo, con diseño documental, a través de la metodología que permite aplicar la hermenéutica jurídica de Witker y Larios (1997) mediante ficheros de análisis, cuyas conclusiones mostraron que bajo el argumento a generali sensu se aplicó el principio: donde la ley no distingue, no se debe distinguir, por el al argumento ratione legis stricta, se identificó la extensión o modificación relacionada a la propiedad, por el argumento a rubrica, la propiedad pasa a ser común por la prioridad agroalimentaria, por el argumento pro subjecta materia, se apreció que desde la constitución hasta en la Ley Orgánica del Ambiente(2006), existen argumentos que se vinculan, emergen conflictos por el principio de ley especial que en este caso es la de producción agroalimentaria que se adhiere a la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario (2010) que determinan a la propiedad como causa de utilidad pública a través del Instituto Nacional de Tierras, de tal forma que en la reflexión se propone la aplicación de una auditoria in situ en toda la zona del Medanito para identificar las prioridades económicas y productivas.
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